Primer aniversario:¿Cuál es la situación del registro de jornada?
- Categoría: CERJ
- cerj.net
- 14/05/2020
Acabamos de cumplir el primer aniversario de la entrada en vigor del Registro de Jornada con carácter universal. Si bien la coyuntura actual no parece la más oportuna para hacer balance, sobre todo sosegado e informado quizás sea necesaria una pequeña reflexión.
¿Cuál es la situación actual del Registro de Jornada?
Aunque no disponemos de datos fiables, por ello el Consejo Español para el Registro de Jornada va a iniciar una encuesta nivel nacional, cabe decir que, tanto en implantación, como en seguimiento, como en rigor de su utilización, e incluso como imagen en el empresariado y en mundo laboral, la situación no es muy propicia.
¿Cuáles son los principales problemas?
- La importancia de la salud laboral en la exigencia del registro de jornada.
- La obligatoriedad de un registro de jornada para toda la Unión Europea.
Recordemos que los datos deben conservarse durante 4 años y que en caso de que el registro no reúna los requisitos necesarios prevalece la “in dubio pro operario” es decir el testimonio del trabajador. El Registro de Jornada no representa una sobrecarga a la gestión de la empresa sino al contrario pues agiliza y desburocratiza, siempre y cuando se realice adecuadamente, la gestión de la flexibilidad horario, las reducciones de jornada y el teletrabajo, entre otros aspectos. Este aspecto, en la situación actual con la gran abundancia de nueva normativa y la rapidez de los cambios, adquiere gran relevancia.
El próximo futuro: Teletrabajo y Registro de Jornada.
La situación presente ha puesto en evidencia que el teletrabajo va a representar un aspecto esencial de la gestión laboral en el futuro inmediato, por no decir en el presente diario. Por eso es imprescindible que por parte del legislador se regule con urgencia esta nueva herramienta de trabajo que conlleva no solo cuestiones laborales, sino ventajas económicas (menor coste de las instalaciones, menor pérdida de tiempo en el desplazamiento al lugar de trabajo, menor consumo de carburantes y de vehículos, etc. …), medioambientales (disminución del uso de las vías públicas y de los traslados) y familiares (mayor disponibilidad de tiempo para el trabajador) entre otras.
Ante esta situación el Registro de Jornada representa un medio de gestión que da garantías al empresario sobre el cumplimiento de las obligaciones por parte del trabajador sin requerir una voluminosa inversión. Es cierto que el teletrabajo no es aplicable al 100% de las situaciones, sin embargo, el Banco de España en un informe reciente considera que puede aplicarse a más de un 30% de los puestos de trabajo.
Todo ello hace que nos encontremos ante un nuevo paradigma de la legislación laboral en que el lugar de trabajo va a dejar de ser el elemento esencial y casi único de la regulación, centrando el foco en el trabajo mismo. Y eso necesariamente va a provocar que se produzcan importantes cambios en la normativa y también en su aplicación incluyendo desde la negociación colectiva, a la jurisprudencia y a labor de la inspección.
Para hacer frente a todos inquietudes el Consejo Español para el Registro de Jornada está preparando para el 4º trimestre del año la celebración del 1er Congreso del Registro de Jornada
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